La ciudad más vieja del Este carece
de parque Infantil; tras 7 años, aún no logran ayuntamiento Infanto-Juvenil
Escrito por Cesarin Leonardo Febles
info.seiboaldia@gmail.com
12/10/2012
El Seibo,
Republica Dominicana. - La Recreación y la participación en la
toma de decisiones son Derechos que El Seibo le niega a su niñez y adolescencia
según se dio a conocer el pasado de 28 de septiembre cuando fue presentado en esta
ciudad el informe Fuin Fuan que aborda la problemática de la Violación a los
Derechos de los/as infantes en República Dominicana.
Al referirse al
tema el presidente del Movimiento Infanto Juvenil
Protagonistas del Proyecto de Desarrollo de
Área (PDA) El Prodigio, Daniel Elías Alcántara García sostuvo que
“no se han
hecho los espacio adecuados para que los niños se recreen sanamente”.
Destacó que la
delincuencia y los centros de bebidas alcohólicas son malas influencias para
los/as niños/as). “porque si van a recrearse en el parque lo que encuentran es
personas que hasta en el día están tomado bebidas alcohólicas.”
Al nombrar las
funciones del Movimiento Protagonistas Alcántara García recomendó la creación
el Ayuntamiento Infanto-Juvenil que desde 2007 se intenta en este municipio. Sosteniendo
además que la actual gestión que encabeza Gerardo Casanova no ha apoyado la
iniciativa.
Indicó que una de las violaciones más grandes
se refiere a la no participación de la niñez en la toma de decisiones.
“El
Ayuntamiento tiene un presupuesto para los niños pero cuando se toma no se le
dice en que se invierte”. (
Ver video)
Por su lado, la
coordinadora del Área de Participación de 28 comunidades donde incide del PDA El
Prodigio Sinrry Matos, criticó que a pesar de ser El Seibo una de la provincias
más viejas le falten de espacio para la recreación.
Matos consideró
que tampoco los Centros Educativos tienen espacio para la recreación“.
(Ver
video)
La Encargada de
Promoción de Justicia del PDA El Prodigio María Leticia Chireno sostiene que “es
lamentable que en la provincia no contemos ni siquiera con un “Parque
Infantil”, donde los/as NNA puedan hacer uso de su tiempo libre en actividades
recreativas apropiadas a su edad”.
Chireno
sentenció que “la solución es sencilla, que el Estado cumpla con la ley, y
asuma su rol creando los espacios apropiados para la recreación de la niñez,
pero no se trata solo de crearlos, hay que cuidarlo, darle buen mantenimiento y
sostenibilidad”.
”Cuando los NNA
tienen la oportunidad de crecer y desarrollarse en espacios apropiados para su
edad y de compartir con otros adecuadamente, no están a la merced de
narcotraficantes, proxenetas, violadores, bandas de malhechores, ni de personas
que los utilizan para infringir la ley en su beneficio”.
Realidad Nacional de
la recreación de niños, niñas y adolescencia
En referencia a
los resultados de la consulta nacional presentada en el informe Fuin Fuan sobre
los Derechos de la Niñez en la República Dominicana, los mismos muestran que el
derecho a la recreación es el derecho más necesitado por los NNA
consultados/as, así como se refleja en los muchos dibujos sobre este derecho.
Los problemas y
desafíos identificados en el informe son la falta de espacio para recrearse o
espacios inadecuados (espacios sucios, pequeños, etc.), además de poca
preocupación por parte de los/as adultos/as por las actividades recreativas y
culturales de los NNA.
Algunas de las
recomendaciones de Niños/as y Adolescentes son invertir en espacios recreativos
y centros culturales en todos los municipios del país, además concientizar a
toda la población sobre la importancia de la recreación para los NNA.
La recreación a la vista de la Ley
El Código para
el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de los NNA
(Ley136-03), establece en el Artículo 10, lo referente al Derecho a la Cultura,
Deporte, Tiempo Libre y Recreación, es obligación del ESTADO, en especial de
las instituciones que integran el Consejo Nacional para la Niñez y Adolescencia
(CONANI), garantizar a todos los NNA el Derecho a disfrutar de todas las
manifestaciones culturales que aporten al desarrollo integral de su persona;
garantizar la existencia de espacios adecuados para hacer uso apropiado del
tiempo libre; garantizar que los/as NNA puedan jugar y participar en
actividades recreativas y deportivas, entre otras.