Escoge tu idioma

Bienvenida


Anuncios

Bienvenida

Publicidad

martes, 22 de septiembre de 2015

Comisión Nacional de los Derechos Humanos acudirá antes Juez Constitucional de Amparo por Planta de Tratamiento de El Seibo

DECLARACION PARA LOS MEDIOS



EL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, INAPA Y EL GOBIERNO DE DANILO MEDINA IGNORAN EL GRAN DESASTRE MEDIOAMBIENTAL QUE EXISTE ACTUALMENTE EN LA PROVINCIA DE EL SEIBO, LO CUAL OBLIGARA QUE SE JUDICIALISE ESTA SITUACION PARA QUE UN JUEZ CONSTITUCIONAL DE AMPARO ORDENE INCLUIR EN EL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO CORRESPONDIENTE AL AÑO 2016 LAS INVERSIONES REQUERIDAS PARA LA SOLUCION DE ESTE GRAN PROBLEMA. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEBE HACER UNA VISITA SORPRESA A LA CIUDAD DE EL SEIBO PARA QUE COMPRUEBE EL NO FUNCIONAMIENTO DE LO QUE FUERA LA PLANTA DE TRATAMIENTO.

La Provincia de El Seibo tiene una población  de 100 mil habitantes aproximadamente de los cuales  60 mil viven en el Municipio de El Seibo, correspondiendo a la parte urbana  de la ciudad de El Seibo 30 mil habitantes; careciéndose en la actualidad de un planta de tratamiento de aguas negras las cuales son vertidas a los importantes Rio Soco y Seibo que también abastecen de agua potable la ciudad de El Seibo, comunidades rurales del Municipio de El Seibo, el Municipio de Ramón Santana y  de San Pedro de Macorís.

Más de 14 cañadas que se demanda con urgencia sean saneadas y que están enclavadas en el corazón de la ciudad de El Seibo, ocasionan una gran hediondez  que está afectando la calidad de vida de esa población, provocando enfermedades de todo tipo sin que ninguna autoridad  exprese interés en buscar una solución definitiva a este serio desastre medioambiental que atenta contra la vida de tantos seres humanos en pleno siglo XXI cuando dicho problema para su solución requiere una ínfima inversión de apenas 300 millones de pesos aproximadamente, en un país que cuenta con un presupuesto general del Estado de más de 630 mil millones de pesos y donde el gobierno gasta anualmente más de 8 mil millones de pesos en publicidad.


Igual situación atraviesa el Municipio de Miches con la contaminación del agua originada en su principal afluente el Rio La Yeguada del que se abastece la población en su diario vivir. Frente a esa cruda y triste realidad el gobierno no se da por enterado de sus obligaciones y muchos menos quienes han sido designados o elegidos por la población para representarlos en el Congreso y los Ayuntamientos. En la Provincia de El Seibo el interés de las autoridades y sus representantes es el clientelismo y rentismo de la política, la solución a los principales problemas no cuentan.

La Ley que crea el INAPA No. 5994 y su reglamento de aplicación le asigna la responsabilidad a esta Institución del Estado, de dirigir y vigilar todo lo concerniente para proveer a los habitantes de la República de un servicio adecuado de agua potable, disposición y tratamiento de aguas residuales; determinar la prioridad que tiene la satisfacción de las distintas necesidades de construcción, reforma, ampliación, explotación y administración de los sistemas de acueductos y alcantarillados sanitarios y pluviales, etc. Lo cual no está cumpliendo el INAPA  y mucho menos el Ministerio de Medio Ambiente como parte de su misión por mandato expreso de la Ley, la mejor muestra de ello es la gran deforestación existente en la Provincia de El Seibo a la vista de todo el mundo sin que esto haya tenido consecuencia alguna.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos Filial Provincia de El Seibo acompañada de otras organizaciones de la Provincia y de ciudadanos preocupados por el desastre Medioambiental por el que atraviesa la Provincia de El Seibo acudirán en los próximos días por ante al Juez Constitucional de Amparo para que este Ordene al Presidente de la República Danilo Medina, hacer incluir en el presupuesto del año 2016 las inversiones requeridas para el saneamiento de más de 14 cañadas en la ciudad de El Seibo, la Construcción de dos Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales en los Municipios de El Seibo y Miches y la solución de falta de agua potable en los Municipios de El Seibo y Miches, todo de conformidad con lo que establece la Constitución de la República, la Ley General de Medioambiente 64-00, la Ley que crea el INAPA, la Ley de Planificación e Inversión Pública No. 498-06 y la Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público, No. 423-06.

  
LIC. JOSE GUZMAN
PRESIDENTE CNDH FILIAL PROV. SEIBO.



No hay comentarios:

Compartenos en: